Los autónomos de nuestro país pueden disfrutar de un permiso parcial de paternidad diseñado para ellos. Dicho permiso, tendrá que ser solicitado en el mismo momento de la baja debido a que no se puede permitir cambiar la modalidad una vez que el formulario de solicitud haya sido enviado.
La duración de esta baja será de un máximo de cinco semanas. Cuatro de estas, serán ininterrumpidas y la quinta se puede escoger entre la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento del niño y los nueve siguientes meses.
Además, cuando el autónomo solicite esta baja, se reduce en un 50% tanto lo que paga como lo que cobra de prestación.
También percibirá un subsidio desde que inicie este periodo hasta el final del mismo. Durante ese tiempo, tendrá que mantener su actividad laboral parcial.
Por otro lado, los requisitos para poder solicitar este permiso son: estar dado de alta en el RETA habiendo pasado un periodo de un mínimo de cotización de 180 días en los siete años anteriores.
Asimismo, deberá estar al corriente de pago de todas sus obligaciones con la Seguridad Social.
El plazo de realización de todos los trámites es de 15 días desde la fecha de inicio del derecho a coger la baja, es decir, la fecha de nacimiento, adopción o acogida.
Además, a la hora de rellenar el formulario deberá indicar el deseo de acogerse a dicha baja dejando claro que con la modalidad parcial ya que no se puede reducir la jornada de la baja una vez iniciada.