Aquellas personas que se hayan dado de alta de forma errónea en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuentan con la posibilidad de modificar su condición.
De hecho, han de hacerlo para no exponerse a sanciones frente a riesgo de cotizaciones erróneas. Cabe recordar que hay diferentes tipos de autónomos. Entre ellos encontramos:
- Profesional colegiado
- Miembro de órganos de administración
- Socio de empresa colectiva
- Socio de cooperativa
- Colaborador familiar
- Otros trabajadores autónomos
Si existen ciertas circunstancias que te hacen que tu condición de autónomos cambie, la Seguridad Social posee un manual que te indica como has de cambiarlo.
Lo primero que debes hacer es comunicárselo a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ya que esto puede afectar a la cotización a futuras prestaciones.
Además, existe una herramienta a disposición de todos los autónomos para modificar la condición RETA. A través de la misma podrán corregir esa modificación o en caso de error en el proceso de alta o cambiar su condición tras producirse un cambio posterior al inicio de su actividad profesional.
En caso de que sea la segunda opción la que te ha sucedido, has de seleccionar la opción de «variación de la condición tras iniciar la actividad profesional». Contarás con tres días desde que se haga dicho cambio.
Lo primero que encontrarás en tu pantalla es un aviso informativo que explica las condiciones del servicio que deberás tanto leer como aceptar. La siguiente pantalla mostrará los datos del trabajador autónomo, que en caso de que sean correctos te aparecerán las dos opciones explicadas anteriormente.
En caso de que hayan pasado diez días desde tu alta, solo te aparecerá la opción de modificar tu condición de autónomo. En este apartado según la nueva condición que selecciones, el servicio te va solicitando la información necesaria para completar la modificación.
Ya por último, has de confirmar los datos y más tarde guardar la resolución en PDF. Para ello, debes hacer clic en la opción «pulse para ver el documento».